
| Coopelesca Corporativa | Producción de Energía | Infraestructura de Redes | Infocomunicaciones | Relación Asociado y Servicios |
| Fondo de Mutualidad Es un beneficio que se les brinda a aquellos beneficiarios de asociados activos que han fallecido. Mensualmente el asociado cotiza ¢ 200.00 en el pago del recibo mensual por consumo eléctrico. El beneficio del fondo sólo aplica a personas físicas y para tener derecho al fondo el asociado debe haber cancelado como mínimo cuatro meses de consumo que equivale a cuatro cuotas de 200 colones por este concepto. Una vez fallecido el asociado el retiro del fondo será realizado por el beneficiario que haya designado en el momento de la afiliación a la Cooperativa, el fondo tiene una vigencia seis meses a partir de la fecha de defunción. El beneficiario debe presentar:
Monto del auxilio: El auxilio por defunción se pagará dependiendo del tiempo que tenga el asociado de cotizar de la siguiente manera:
Por enfermedad terminal se entregará un adelanto de ¢ 150 000.00, para lo cual el beneficiario debe presentar una nota de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital en el cual se le está tratando al paciente. |